Recientemente el IRS dictó una extensión de 90 días a la fecha de vencimiento que operaba el próximo 31 de marzo, para la obligación del primer reporte del «F. 8966” con información al 31 de diciembre próximo pasado. Esta noticia es, sin duda, un alivio para la mayoría de las Entidades Financieras Extranjeras (FFI´s) de Argentina y de la Región.
Un análisis de esta situación y la oportunidad de ponerse al día en este artículo.
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